Se aprobó la emergencia hídrica en Victorica

Se realizó la sesión extraordinaria en el CD de Victorica desde la hora 14:00 del 9 de enero. Aprobaron pasar a comisión para tratar el proyecto presentado y se volverían reunir . Otra vez en sesión extraordinaria para declarar la emergencia hídrica en Victorica. Entre los que pidieron la palabra estuvo el concejal Coria que estaba a cargo de la presidencia de la sesión. Y la concejal Lernoud que presentó el proyecto , destacando algunos agregados de ultimo momento. En tanto el Concejal Muñoz expuso su postura en el asunto, resaltando que para El, había insolidaridad de parte de algunos Victoriquenses, cuando se podía ver a algunos regando por las tardes mientras otros no tenían agua. Ademas , Muñoz recordó un proyecto que habría enviado el ejecutivo en 2024 referido a la idea de penalizar el uso de agua para, por ejemplo, lavar el auto, invitando a hacer denuncias al juzgado de faltas por ese motivo. Dicho proyecto no fue tratado y rechazado por todos, salvo por Muñoz. A las 20:30 se volvió a convocar la sesión extraordinaria y se aprobó:

ARTICULO 1º: DECLARAR la Emergencia Hídrica en Victorica, hasta tanto se reviertan los inconvenientes.

ARTICULO 2º: Asistir a los damnificados no solo con el agua de cisternas para el llenado de tanques, sino con agua potable para consumo humano.

ARTICULO 3º: Habilitar un registro público y un sistema de guardia permanente para que los vecinos puedan acercar sus demandas ante la falta del vital suministro.

ARTICULO 4°: Instar a la CEVIC y APA en la colaboración de la provisión de agua tanto potable como para el llenado de tanques de manera no convencional.

ARTICULO 5°: Una vez normalizada la situación que ambas partes CEVIC Y EL DEPARTAMENTO Ejecutivo Municipal garanticen la limpieza y desinfección de tanques y cañerías.

ARTICULO 6°: Suspender de forma inmediata el cobro de tasa de agua potable del consumo de los meses de Diciembre/24, Enero/25 y Febrero/25. Dando comunicación de manera inmediata a la Cooperativa de Electricidad de esta medida, ya que no se puede cobrar una tasa por retribución de un servicio que no se presta, a los vecinos damnificados que se hayan registrado para ser asistidos para el llenado de tanques.

ARTICULO 7°: Conformar una comisión especial con las partes implicadas: Cevic (empresa prestataria), Poder Ejecutivo municipal, APA, Técnicos idóneos, un vecino delegado por barrio afectado, un concejal por bloque con la finalidad de que tanto APA, Poder Ejecutivo Municipal CEVIC y técnicos aporten los estudios técnicos actualizados pertinentes para conocer cuáles son las causas del problema.

ARTICULO 8°: Habilitar la reestructuración de las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de los artículos precedentes.

ARTICULO 9°: Pase al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos que estime corresponder.
ARTICULO 10º: COMUNIQUESE, Publíquese, dese al Libro de Resoluciones, cumplido que fuere archívese.

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