El titular de la Dirección de Registro Civil, Fernando Rolando, recordó que “todas aquellas personas que hubieran nacido en territorio argentino, y que carezcan del Documento Nacional de Identidad, por no contar con el acta de nacimiento debido a encontrarse vencidos los plazos previstos en el art. 28 de la ley 26.413, podrán solicitar en los Centros de Documentación de RENAPER, o en las oficinas de los Registros Civiles, el Certificado de Pre-Identificación”.
Rolando explicó que el Certificado de Pre-Identificación “es un instrumento implementado por el Registro Nacional de las Personas que tiene por objeto garantizar el reconocimiento y registro de las personas aún no identificadas por carecer de Acta de Nacimiento y con el Documento Nacional de Identidad”.
“Este nuevo sistema de registración permite proveer acompañamiento y asistencia a aquellas personas que así lo requieran, a fin de completar su proceso identificatorio y obtener el Documento Nacional de Identidad”, agregó.
El trámite, una vez iniciado, recaba en carácter de Declaración Jurada, los datos de lugar y fecha de nacimiento como así también los datos biométricos de las personas (foto y huellas digitales), con los cuales RENAPER realiza una búsqueda en la base de datos de personas que están registradas y cuentan con DNI. Posteriormente se cruza la información con otras bases de datos donde destaca la de la Dirección Nacional de Migraciones.
Si bien el certificado en principio no acredita identidad, se constituye como un documento indispensable para el trámite de inscripción tardía de nacimientos, sustituyendo cuando corresponda el informe de matrícula negativa previsto en la Ley 26.413 y permite a su vez dar una mayor seguridad en materia de identificación, al realizar por primera vez una pre-identificación biométrica que vincula el trámite de inscripción tardía con el posterior trámite de DNI.
A la fecha, RENAPER otorgó 2.900 certificados de Pre-Identificación en todo el país.
“En la Provincia de La Pampa se han tramitado 14 certificados de Pre-Identificación los cuales permiten complementar el trámite de inscripción tardía de nacimiento para acceder al acta de nacimiento y posteriormente al DNI, inscripción que con la modificación efectuada por la Ley 27611 (Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral del Embarazo y Primera Infancia) puede efectuarse por Resolución Administrativa Fundada, evitándose la judicialización de la misma. Estos casos pertenecen a nacimientos producidos en otras provincias y que no fueron registradas. También a situaciones generadas dentro de comunidades determinadas, que por sus costumbres pueden producirse alumbramientos fuera del sistema de salud”, concluyó el titular del Registro Civil.
Rolando explicó que el Certificado de Pre-Identificación “es un instrumento implementado por el Registro Nacional de las Personas que tiene por objeto garantizar el reconocimiento y registro de las personas aún no identificadas por carecer de Acta de Nacimiento y con el Documento Nacional de Identidad”.
“Este nuevo sistema de registración permite proveer acompañamiento y asistencia a aquellas personas que así lo requieran, a fin de completar su proceso identificatorio y obtener el Documento Nacional de Identidad”, agregó.
El trámite, una vez iniciado, recaba en carácter de Declaración Jurada, los datos de lugar y fecha de nacimiento como así también los datos biométricos de las personas (foto y huellas digitales), con los cuales RENAPER realiza una búsqueda en la base de datos de personas que están registradas y cuentan con DNI. Posteriormente se cruza la información con otras bases de datos donde destaca la de la Dirección Nacional de Migraciones.
Si bien el certificado en principio no acredita identidad, se constituye como un documento indispensable para el trámite de inscripción tardía de nacimientos, sustituyendo cuando corresponda el informe de matrícula negativa previsto en la Ley 26.413 y permite a su vez dar una mayor seguridad en materia de identificación, al realizar por primera vez una pre-identificación biométrica que vincula el trámite de inscripción tardía con el posterior trámite de DNI.
A la fecha, RENAPER otorgó 2.900 certificados de Pre-Identificación en todo el país.
“En la Provincia de La Pampa se han tramitado 14 certificados de Pre-Identificación los cuales permiten complementar el trámite de inscripción tardía de nacimiento para acceder al acta de nacimiento y posteriormente al DNI, inscripción que con la modificación efectuada por la Ley 27611 (Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral del Embarazo y Primera Infancia) puede efectuarse por Resolución Administrativa Fundada, evitándose la judicialización de la misma. Estos casos pertenecen a nacimientos producidos en otras provincias y que no fueron registradas. También a situaciones generadas dentro de comunidades determinadas, que por sus costumbres pueden producirse alumbramientos fuera del sistema de salud”, concluyó el titular del Registro Civil.