Presentan proyecto de ley en legislatura provincial para cobrar por uso de columnas a empresas de servicios publicos

Se propicia declarar de interés regulatorio el uso de infraestructura de soportes, columnas y/o postes de red eléctrica.
El gobernador de la Provincia por Decreto N° 4498/18 envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados para que el tema sea incluído en las Sesiones Extraordinarias.
En el artículo 1° se solicita “inclúyase en el temario a tratar en Sesiones Extraordinarias convocadas mediante Decreto N° 4445/18, el siguiente asunto:
Declaración de Interés Regulatorio, Uso de Infraestructura de Soportes de la Red Eléctrica de La Provincia.
El Poder Ejecutivo somete a consideración de ese Cuerpo Legislativo el proyecto de ley por el que se propicia declarar de interés regulatorio el uso de la infraestructura de soportes, columnas y/o postes de la red eléctrica de los prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica de la provincia de La Pampa, por parte de terceros – el Proyecto se denomina “Terceros Usuarios Prestadores”- que pretendan utilizar dicha infraestructura para brindar servicios distintos a los de distribución de energía eléctrica y alumbrado público.
En el Artículo 2° del proyecto, se establecen una serie de definiciones, como por ejemplo que la Autoridad de Aplicación será la Administración Provincial de Energía (APE); que los prestadores del servicio público de electricidad son las personas públicas y privadas autorizadas a prestar el servicio conforme a las disposiciones del artículo 42 de la Constitución Provincial y Ley Provincial Nº 1101, a saber: Cooperativas concesionarias y el Estado provincial prestador de áreas no concesionadas; que Tercero Usuario Prestador es aquella persona física o jurídica, distintas de los prestadores del servicio público de electricidad, titular de una licencia o concesión de un servicio público o de interés público que haya sido otorgado por autoridad competente; que la infraestructura de soportes de la red eléctrica son soportes, columnas y/o postes afectados al servicio público de distribución eléctrica de las cooperativas concesionarias, conforme los términos de la cláusula séptima de los respectivos convenios de concesión; del Estado provincial prestador en áreas no concesionadas y/o de otras entidades autorizadas en los términos del artículo 42 de la Constitución Provincial; que el servicio adicional es aquel servicio público o de interés público, distinto a la prestación del servicio de distribución de energía eléctrica y alumbrado público, cuya licencia o concesión vigente haya sido otorgada por la autoridad competente; entre otras.
El Artículo 3° explica que el Tercero Usuario Prestador que pretenda utilizar la infraestructura de soportes de la red eléctrica, deberá solicitar, obligatoriamente y en forma previa, la correspondiente autorización al Prestador del Servicio Público de Electricidad en el área respectiva.
En tanto, el Artículo 4° prevé que el prestador evaluará la factibilidad técnica de la solicitud, teniendo especialmente en cuenta, el cálculo de la capacidad remanente disponible de uso de la estructura de soporte y en su caso tendrá la potestad de otorgar un permiso de uso precario por un plazo máximo de hasta cinco años, pudiendo ser renovable.
El Artículo 6° establece que el Tercero Usuario Prestador deberá abonar al Prestador del Servicio Público de electricidad una serie de conceptos, entre ellos, el derecho de uso de la infraestructura de soportes de la red eléctrica; el derecho de uso en base a mayores gastos por mantenimiento de la infraestructura eléctrica.
Se creará un Registro Único de Usuarios de la Infraestructura de Soportes de Red Eléctrica, que será implementado y llevado por la Autoridad de Aplicación.
En el proyecto de ley acompaña la firma del gobernador, el ministro de Obras y Servicios Públicos, Julio Bargero; en tanto el Decreto N° 4498/18, por el cual el gobernador de la Provincia, Carlos Verna, incluye en el temario a tratar en Sesiones Extraordinarias la Declaración de interés regulatorio, uso de infraestructura de soportes de la red eléctrica de la Provincia lleva la firma del gobernador y del ministro de Gobierno y Justicia, Daniel Bensusán.

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